¿Cuál será mi sueldo de funcionario?

17 Noviembre 2020

 

Cuando obtengas la condición de funcionario de carrera, tus retribuciones se clasificarán en básicas y complementarias.

Las retribuciones básicas están constituidas, por un lado, por las retribuciones correspondientes y fijadas para el grupo o subgrupo de clasificación profesional en el que se encuentra incluido el cuerpo o escala al que el funcionario esté adscrito y, por otro lado, por las retribuciones correspondientes a su antigüedad.

Las retribuciones básicas se fijan cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y estarán integradas por:

El sueldo asignado a cada Subgrupo o Grupo de clasificación profesional.

Los trienios, que consisten en una cantidad dependiente del Subgrupo o Grupo de clasificación profesional y se percibirá por cada tres años de servicio.

Las retribuciones complementarias se establecerán por las correspondientes leyes de cada Administración Pública donde el funcionario preste sus servicios y se medirán, por un lado, por su propio desempeño personal, como es el grado de interés, iniciativa o esfuerzo y, por otro lado, por las concretas características de su puesto, como es la especial dificultad, responsabilidad o incompatibilidad.

Si vas a prestar servicios como personal laboral, tu salario estará establecido por lo regulado en la normativa laboral, convenio colectivo que se aplique por tu actividad y por el contrato de trabajo que suscribas con la administración pública.


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