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Oposiciones Servicios de Salud

54000 plazas
Conoce todas las plazas y categorías que se esperan en el Servicio de Salud de tu comunidad autónoma.

¿Sabes que hay más de 54.000 plazas pendientes de convocar en los Servicios de Salud de todas las comunidades autónomas?

En 202 se van a reforzar las plantillas fijas de personal sanitario y no sanitario, es tu oportunidad de conseguir un empleo estable. Los Servicios de Salud precisan cubrir diferentes perfiles profesionales que seguro que encajan contigo.

Si quieres trabajar en un hospital o centro de salud, hay plazas para diferentes tipos de categorías, no solo para personal sanitario. Se espera la convocatoria de miles de plazas de celador, pinches y personal administrativo en los Servicios de Salud de todas las comunidades autónomas. Para e stas categorías, no es necesaria titulación específica. ¡Una plaza puede ser tuya!

Consulta el desglose de plazas en tu comunidad autónoma

Salario en un servicio de salud autonómico

El sueldo en un Servicio de Salud varía en función de la tabla salarial que establezca cada comunidad autónoma y según la categoría profesional. En esta cuadro podrás ver la retribución aproximada según la categoría, desde el nivel más alto del grupo hasta el más bajo.

Grupo ProfesionalSalario anualSalario mensual
A1 (Facultativo Especialista, Médico de Familia...) 70.000-43.000 € 5.000-3.200 €
A2 (Enfermero, ATS/DUE, FIsioterapeuta...) 60.000-43.000 € 4.900-3.000 €
C1 (Administrativo, Cocinero, Técnico Especialista...) 26.000-21.000 € 1.700-1.400 €
C2 (Auxiliar Administrativo, Auxiliar de Enfermería, Telefonista...) 25.000-19.000 € 1.600-1.300 €
E (Celador, Peón, Limpiador, Pinche...) 18.000-19.000 € 1.200-1.300 €
Promedio de las retribuciones 2020 personal estatutario del Servicio Andaluz de Salud y del Servicio Madrileño de Salud, desde el nivel más alto al más bajo dentro de cada grupo.

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Funciones que realizarías en un servicio de salud autonómico

Descubre las tareas que realizarías si optas a una plaza de personal no sanitario.

Celador  / Administrativo   /  Auxiliar Administrativo   /  Pinche   / Telefonista    /  Lavandería y Planchado  / Cocinero/a

Celador/a

Hay diferentes tipos de celador, si bien, sus funciones pondrían englobar tareas como:

1. Deben gestionar de la manera más rápida posible las comunicaciones verbales, documentos, correspondencia u objetos que les sean confiados por sus superiores, así como trasladar los aparatos o mobiliario que se requiera de una zona a otra.

2. Deben hacer la guardia que corresponda dentro de los turnos que se establezcan.

3. Deben realizar de forma excepcional labores de limpieza cuando su realización por el personal especializado no sea acorde a la situación, emplazamiento, dificultad de manejo, peso de los objetos o locales a limpiar.

4. Deben cuidar, al igual que el resto del personal, que los pacientes no hagan uso indebido de los enseres y ropas de la Institución, evitando su deterioro o instruyéndoles en el uso y manejo de las persianas, cortinas y útiles de servicio en general.

5. Deben servir de ascensoristas cuando se les asigne especialmente ese cometido o las necesidades del servicio lo requieran.

6. Deben vigilar las entradas de la Institución, no permitiendo el acceso a sus dependencias más que a las personas autorizadas para ello.

7. Deben tener a su cargo la vigilancia nocturna del interior y exterior del edificio.

8. Deben ser los encargados de conseguir el mayor orden y silencio posible en todas las dependencias de la Institución.

9. Deben reportar a sus superiores los desperfectos o anomalías que encuentren en la limpieza y conservación del edificio y material.

10. Deben vigilar el acceso y estancias de los familiares y visitantes en las habitaciones de los pacientes, no permitiendo la entrada más que a las personas autorizadas y paquetes expresamente autorizados.

11. Deben vigilar el comportamiento de los pacientes y de los visitantes, evitando que estos últimos fumen en las habitaciones, traigan alimentos o se sienten en las camas; y, en general, toda aquella acción que perjudique al propio paciente o al orden de la Institución. Cuidarán de que los visitantes no deambulen por los pasillos y dependencias más que lo necesario para llegar al lugar donde concretamente se dirijan.

12. Deben encargarse del traslado de los pacientes, tanto dentro de la Institución como en el servicio de ambulancias.

13. Deben ayudar al personal sanitario y no sanitario al movimiento y traslado de los pacientes encamados que requieran un trato especial en razón a sus dolencias para hacerles las camas.

14. De forma excepcional, deben lavar y asear a los pacientes que no puedan realizarlo por sí mismos, atendiendo a las indicaciones de los supervisores de planta o personas que los sustituyan legalmente en sus ausencias.

15. En caso de ausencia del personal de peluquería o por urgencia en el tratamiento, deben rasurar a los pacientes que vayan a ser sometidos a intervenciones quirúrgicas en aquellas zonas de su cuerpo que lo requieran.

16. En los quirófanos auxiliarán en todas aquellas labores propias del celador destinado a estos servicios así como en las que les sean ordenadas por los superiores.

17. Deben bañar a los pacientes cuando no puedan hacerlo por sí mismos, siempre de acuerdo con las instrucciones que reciban de los supervisores.

18. Cuando por circunstancias especiales concurrentes en el paciente no pueda ser movido solo por los enfermeros o ayudantes de planta, deberán ayudar en la colocación y retirada de las cuñas para la recogida de excretas de dichos pacientes.

19. Deberán ayudar al personal sanitario, corriendo a su cargo el traslado de los cadáveres al mortuorio.

20. Deberán ayudar a la práctica de autopsias en aquellas funciones auxiliares que no requieran por su parte hacer uso de instrumental alguno sobre el cadáver. Limpiarán la mesa de autopsias y la propia sala.

21. Deberán tener a su cargo los animales utilizados en los quirófanos experimentales y laboratorios a quienes cuidarán alimentándolos, manteniendo limpias las jaulas y aseándolos, tanto antes de ser sometidos a las pruebas experimentales como después de aquellas, y siempre bajo las indicaciones que reciban de los superiores.

22. Deberán no realizar comentarios a los familiares y visitantes de los pacientes sobre diagnósticos, exploraciones y tratamientos que se estén realizando a los mismos, y mucho menos informar sobre los pronósticos de su enfermedad; debiendo siempre orientar las consultas hacia el médico encargado de la asistencia del paciente.

23. También serán misiones del celador todas aquellas funciones similares a las anteriores que les sean encomendadas por sus superiores y que no hayan quedado específicamente reseñadas.

En el caso de los celadores-conductores realizarán trabajos propios de su especialidad en relación con los vehículos automóviles al servicio de la Institución y la función de colaborar en las tareas de recepción, información, archivo y registro de los centros de atención primaria de salud.

Auxiliar Administrativo/a

Según la Orden de 28 de mayo de 1984, las funciones que realizaría este grupo son las de carácter administrativo-sanitario, normalmente consideradas de trámite y colaboración no asignadas a los Grupos Técnico y de Gestión, pues te grupo superior realiza las funciones de dirección, ejecución y estudio de carácter administrativo y económico de nivel superior que le sean encomendadas por la Dirección del Centro.

Realizan tareas consistentes en operaciones elementales relativas al trabajo de oficina y despacho, tales como correspondencia, archivo, cálculo sencillo, confección de documentos tales como recibos, fichas, transcripción o copias, extractos, registros, contabilidad básica, atención al teléfono, mecanografía al dictado y copia, toma taquigráfica en su caso y la traduce correctamente a máquina, maneja máquinas simples de oficina que por su funcionamiento no requieran hallarse en posesión de técnicas especiales y realizan también funciones administrativas de carácter elemental.

Administrativo/a

Según la Orden de 28 de mayo de 1984, las funciones que realizaría este grupo son las de apoyo material, ejercicio y desarrollo respecto a las tareas administrativas-asistenciales propias de la Institución, así como las de Secretarías de planta y servicios y las de preparación y tratamiento de los datos para la informática.

Realizan trabajos que requieren cálculos, estudios, preparación y condiciones adecuadas, tales como cálculos de estadística, transcripción de libros de cuentas corrientes, redacción de correspondencia con iniciativa propia, liquidaciones y cálculo de nóminas de salarios, sueldos y operaciones análogas.

Pinche

Es el trabajador que tiene por misión el fregado y lavabo de la batería de cocina, placas, utensilios, maquinaria y menaje, contribuyendo además a la limpieza general de la cocina de la dependencia, así como del orden de los utensilios y menaje.

Se empleará asimismo en lavar verduras, pescados y tratar en crudo tubérculos, legumbres y demás alimentos y específicamente en la vigilancia del encendido de hornos, placas, fogones, etc.

Deberá estar en posesión del carnet de Manipulador de Alimentos, así como cumplir todos los requisitos higiénico-sanitaios que establezcan las disposiciones vigentes.

Telefonista

Es el trabajador que tiene como misión el establecer y atender las comunicaciones telefónicas, tanto exteriores como interiores de un establecimiento o dependencia, teniendo bajo su cuidado el buen funcionamiento elemental de los aparatos a su cargo, pudiendo estar a su cargo y utilizarlos en funciones análogas, un emisor-receptor de radio.

Controlará en su caso las llamadas y reseñándolas en las hojas y libros destinados al efecto, así como tomará nota de las razones que se le den para posteriormente transmitirlas.

Lavandero/a Planchador/a

Efectuarán los trabajos relacionados con el lavado de las ropas y prendas de la Institución, previa clasificación y recuento de las mismas, así como su secado, bien sea a mano o utilizando los medios mecánicos oportunos.

Se ocuparán de la limpieza de los locales de los servicios de lavaderos, del planchado de toda clase de prendas, bien sea a mano o por procedimientos mecánicos; también tendrán a su cargo la limpieza de los locales de los servicios de plancha.

Cocinero/a

Son los trabajadores que tienen como cometido la elaboración y condimentación de los servicios, con sujeción a las instrucciones facilitadas por el Jefe de Cocina, en el caso que lo hubiese.

Tendrán a su cargo las provisiones para el consumo de las distintas partidas, comprobando el peso de las mercancías a su llegada. Su misión es la de proponer al Jefe de Cocina o persona responsable, la reposición de los artículos que se hayan consumido o la adquisición de los que crea necesarios.

Hará los despieces de las carnes o pescados con el mayor cuidado, tratando de conseguir el mejor rendimiento. Colaborará en el mantenimiento en perfectas condiciones de limpieza y funcionamiento de la maquinaria propia del departamento, tal como: placas fuegos, hornos, freidoras, extractores, filtros, cortadoras, etc.

Deberá estar en posesión del carnet de Manipulador de Alimentos, así como cumplir todos los requisitos higiénico-sanitarios que establezcan las disposiciones vigentes.

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